El nuevo reglamento para los establecimientos comerciales dentro de las instalaciones del Metro de la Ciudad de México endurece las condiciones para operar negocios y establece mayores controles en materia de ruido, seguridad, limpieza, horarios y manejo de residuos. La medida busca reducir riesgos para usuarios y trabajadores, aunque también eleva las obligaciones administrativas para los comerciantes que cuentan con permisos dentro de la red.
Entre las disposiciones más relevantes se encuentra la prohibición de gritar para promocionar productos y de utilizar radios, bocinas, altavoces u otros equipos que produzcan niveles elevados de ruido. El objetivo es evitar que las actividades comerciales interfieran con la operación del servicio o generen contaminación auditiva en espacios de alta concentración de pasajeros.
El reglamento también restringe el uso de aparatos que puedan elevar la temperatura o representar un riesgo de incendio. Estufas, calentadores, hornos y otros equipos similares quedan sujetos a restricciones, particularmente en pasillos y locales donde las condiciones de seguridad deben estar subordinadas a la operación del transporte público.
Otra de las medidas se relaciona con la seguridad física de los establecimientos. Los locales que cuenten con cristales susceptibles de romperse deberán sustituirlos por materiales inastillables y colocar la señalización correspondiente. La disposición busca disminuir posibles lesiones ante golpes, accidentes o situaciones de emergencia dentro de las instalaciones.
En materia de limpieza, los comerciantes deberán retirar sus residuos dos veces al día, dentro del horario establecido entre las 12:00 y las 18:00 horas. Además, cada establecimiento tendrá que llevar una bitácora y contar con un plan de manejo de residuos, con el propósito de fortalecer el control sobre la basura que generan las actividades comerciales.
Los horarios de operación también serán más limitados. Los locales podrán abrir una hora después del inicio del servicio del Metro y deberán cerrar dos horas antes de que concluya la operación diaria. Con ello se pretende evitar que las actividades comerciales interfieran con los periodos de apertura, cierre y operación de las instalaciones.
El cumplimiento de estas disposiciones se suma a otras obligaciones administrativas, entre ellas contar con un Permiso Administrativo Temporal Revocable (PATR), utilizar uniforme e identificación visible, acreditar la procedencia legal de los productos y mantener en condiciones adecuadas mostradores, puertas e instalaciones eléctricas.
Los comerciantes también deberán cubrir las contraprestaciones y los servicios correspondientes dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes. Estas obligaciones colocan mayor énfasis en la regularidad administrativa de los negocios y en la conservación de las condiciones físicas de los espacios concesionados.
El incumplimiento puede derivar en sanciones económicas de hasta 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA), además de medidas como la suspensión o, en determinados casos, la revocación definitiva del permiso comercial. Esto incrementa la responsabilidad de los operadores y deja en manos de las autoridades la vigilancia del cumplimiento de las nuevas reglas.
Más allá de las restricciones particulares, el nuevo esquema plantea una prioridad clara: que la actividad comercial dentro del Metro no comprometa la seguridad, movilidad y convivencia de millones de usuarios. El reto será que la aplicación de las disposiciones sea consistente, transparente y proporcional, al tiempo que se garantice que los comerciantes conozcan plenamente sus obligaciones y cuenten con mecanismos claros para cumplirlas.



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