Por Bruno Cortés
El calendario para que entre en operación el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en todo el país podría cambiar. El Senado de la República recibió este miércoles 21 de octubre una minuta de la Cámara de Diputados que reforma diversas disposiciones transitorias del decreto con el que se expidió ese ordenamiento, a fin de ampliar el plazo previsto para su implementación.
El código fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2023. La propuesta busca que su entrada en vigor se realice de manera gradual, ordenada y acorde con las condiciones institucionales, presupuestarias, tecnológicas y operativas de los poderes judiciales de la Federación y de las entidades federativas. El documento fue turnado a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera.
Qué es el Código Nacional de Procedimientos Civiles
Hasta su expedición, cada entidad federativa tenía su propio código de procedimientos civiles, además del federal, lo que significaba reglas distintas para tramitar un divorcio, una pensión alimenticia, un juicio de arrendamiento o el cobro de una deuda según el estado. El nuevo ordenamiento unifica esas reglas en un solo código de aplicación nacional, con mayor peso de la oralidad y de los medios electrónicos en los juicios.
Su implementación, sin embargo, exige cambios de fondo: capacitación de personas juzgadoras y personal, adecuación de salas, plataformas digitales para expedientes y notificaciones, y recursos presupuestales en cada tribunal local. La minuta reconoce que esas condiciones no avanzan al mismo ritmo en todo el país, de ahí la propuesta de dar más tiempo y escalonar su arranque.
Por qué importa para la ciudadanía
Para las personas que acuden a tribunales en asuntos familiares o civiles, el código representa un cambio en la forma de litigar: audiencias orales, plazos homologados y la posibilidad de realizar trámites en línea. Aplazar su entrada en vigor evita que tribunales sin infraestructura comiencen a operar con reglas nuevas que no pueden cumplir, aunque también prolonga la convivencia de 33 códigos distintos. El boletín del Senado no precisa la nueva fecha límite que propone la minuta.
Las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, deberán revisar si el nuevo calendario es viable y si garantiza que los tribunales locales y federales cuenten con los recursos necesarios. Si el Senado aprueba la minuta sin cambios, se enviará al Ejecutivo para su publicación; si la modifica, tendrá que regresar a la Cámara de Diputados.
La otra minuta: reclutamiento con fines delictivos
En la misma sesión, la colegisladora envió al Senado un proyecto que crea el delito de reclutamiento de personas con fines delictivos, con penas de 10 a 20 años de prisión y de cinco mil a 50 mil días multa. Se sancionaría a quien, por medios impresos, electrónicos o cualquier otro, invite, induzca, incorpore o reclute a personas para integrarse a la delincuencia organizada o realizar actividades vinculadas con ella.
Si hay intimidación, amenaza, coacción, violencia o abuso de poder, se trataría de reclutamiento forzado, castigado con 15 a 25 años de prisión y de 10 mil a 80 mil días multa. Las penas aumentarían hasta en una mitad si quien recluta es servidor público, exintegrante de corporaciones de seguridad o de la Fuerza Armada Permanente, o si trabajó en seguridad privada, y cuando la víctima sea indígena, afromexicana o migrante. Los servidores públicos responsables serían además destituidos e inhabilitados, mientras que quien colabore con información corroborada podría ver reducida su pena hasta una tercera parte.
La reforma, que modifica la Ley General en materia de Trata de Personas, recoge una discusión de varios meses en San Lázaro, donde se presentaron propuestas como la iniciativa para castigar el reclutamiento forzado de jóvenes y una estrategia contra el reclutamiento infantil. Ambas minutas quedaron en manos de las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, que deberán dictaminarlas antes de su discusión en el pleno del Senado.
