Por Bruno Cortés
El aguinaldo 2026 es una de las prestaciones más esperadas del año y, aunque en el Congreso se han presentado varias iniciativas para aumentarlo, las reglas que aplican este diciembre siguen siendo las mismas: la Ley Federal del Trabajo obliga a pagar al menos 15 días de salario antes del 20 de diciembre. En esta guía te explicamos quién tiene derecho, cómo calcular tu pago con ejemplos, cuánto se descuenta de impuestos y qué hacer si tu patrón no cumple.
¿Qué dice la ley sobre el aguinaldo?
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas trabajadoras tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente, como mínimo, a 15 días de salario, que debe pagarse antes del 20 de diciembre. Quienes no trabajaron el año completo reciben la parte proporcional al tiempo laborado, sin importar si siguen o no en la empresa.
Es un derecho irrenunciable: el patrón no puede negarlo ni reducirlo con el argumento de que la empresa tuvo pérdidas o no generó utilidades. Tampoco puede pagarlo en especie, con vales o mercancía; debe entregarse en dinero, en efectivo o por depósito bancario si así se acordó con la persona trabajadora.
¿El aguinaldo de 30 días ya es obligatorio?
No. En la Cámara de Diputados hay iniciativas turnadas a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para reformar el artículo 87, incluidas propuestas para llegar a 30 días de forma progresiva según la antigüedad. Hasta este 20 de octubre ninguna ha sido aprobada por ambas cámaras ni publicada en el Diario Oficial de la Federación, así que para diciembre de 2026 el mínimo legal sigue en 15 días. Si tu contrato individual o colectivo te da más días, se aplica lo que diga tu contrato.
Fecha límite para pagar el aguinaldo 2026
La ley dice “antes del 20 de diciembre”. En 2026 esa fecha cae en domingo, por lo que el último día para cumplir es el sábado 19 de diciembre. Si tu empresa paga por transferencia, lo más prudente es que el depósito se haga a más tardar el viernes 18, para evitar retrasos bancarios. Muchas empresas lo pagan antes, en la primera quincena de diciembre, pero ninguna puede hacerlo después de la fecha límite.
¿Quién tiene derecho al aguinaldo?
Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), la prestación corresponde a todas las personas con una relación laboral regida por la Ley Federal del Trabajo:
- Trabajadores de base, de confianza, de planta y sindicalizados.
- Personas contratadas por obra o por tiempo determinado y trabajadores eventuales, en proporción al tiempo laborado.
- Comisionistas, agentes de comercio, de seguros y vendedores que trabajan bajo la Ley Federal del Trabajo.
- Quienes renunciaron o fueron despedidos durante el año, en la parte proporcional.
- Trabajadoras con licencia de maternidad y trabajadores con permiso de paternidad o incapacidad por riesgo de trabajo, ya que esos periodos cuentan como laborados.
Las personas contratadas por honorarios no tienen derecho, salvo que en los hechos exista subordinación: horario fijo, jefe directo y lugar de trabajo permanente. Las y los trabajadores al servicio del Estado se rigen por otra ley y reciben al menos 40 días de salario.
Cómo calcular tu aguinaldo paso a paso
El cálculo es sencillo si tienes a la mano tu salario diario y los días que trabajaste en el año:
- Obtén tu salario diario. Si ganas un sueldo mensual fijo, divídelo entre 30. Si tu salario es variable, se toma el promedio diario de los últimos 30 días trabajados.
- Multiplica por 15 (o por los días que te dé tu contrato) si trabajaste todo el año.
- Si no completaste el año, divide 15 entre 365 y multiplica el resultado por los días que trabajaste; después multiplica por tu salario diario.
- Resta el ISR solo sobre la parte que exceda la exención (lo explicamos abajo).
Ejemplos con cifras de 2026
- Sueldo de 12,000 pesos al mes, año completo: salario diario de 400 pesos × 15 días = 6,000 pesos brutos.
- Salario mínimo general (315.04 pesos diarios): 315.04 × 15 = 4,725.60 pesos.
- Salario mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte (440.87 pesos diarios): 440.87 × 15 = 6,613.05 pesos.
- Ingreso el 1 de junio de 2026 con sueldo de 12,000 pesos: trabajará 214 días al 31 de diciembre. 15 ÷ 365 × 214 = 8.79 días; 8.79 × 400 = 3,517.81 pesos aproximadamente.
Los montos del salario mínimo son los que fijó la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para 2026 y que están vigentes desde el 1 de enero.
¿Cuánto ISR se le descuenta al aguinaldo?
La Ley del Impuesto sobre la Renta exenta una parte del aguinaldo. En la práctica, la mayoría de los empleadores calcula ese tope con 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en 2026 vale 117.31 pesos diarios según el Inegi. Eso da una exención de 3,519.30 pesos. Solo lo que rebase esa cantidad paga impuesto.
Con el ejemplo de 6,000 pesos, la parte exenta sería de 3,519.30 y la gravada de 2,480.70 pesos. La retención exacta depende de tu sueldo mensual y del método que use tu empresa, por eso conviene revisar el recibo de nómina digital (CFDI) que te entreguen.
Qué hacer si no te pagan el aguinaldo
Si llega la fecha límite y no recibiste el pago, o te pagaron menos de lo que corresponde, sigue estos pasos:
- Revisa tus recibos de nómina y calcula cuánto te debían con la fórmula anterior.
- Habla con el área de recursos humanos y pide el pago por escrito; guarda copia del correo o del documento.
- Pide asesoría gratuita en la Profedet si tu empresa es de competencia federal, o en la procuraduría de la defensa del trabajo de tu estado.
- Si no hay acuerdo, el siguiente paso es la conciliación prejudicial ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o el centro de conciliación local, requisito previo para una demanda.
Tienes un año a partir del 20 de diciembre para reclamar. Además, la Ley Federal del Trabajo prevé multas de 50 a 5,000 veces la UMA para los patrones que violan normas de trabajo como esta, es decir, de 5,865.50 a 586,550 pesos en 2026.
El debate sobre los derechos laborales sigue abierto en el Congreso, como muestran el dictamen sobre desconexión digital aprobado en la Comisión de Trabajo del Senado y los llamados a formalizar empleos y elevar la productividad, un punto clave porque solo quienes tienen un empleo formal pueden exigir esta prestación.
Consejos para usar tu aguinaldo con cabeza
Con precios de alimentos que han subido más rápido que la inflación general, como reflejó el aumento de la canasta alimentaria en septiembre, el aguinaldo puede ser un respiro si se planea. Antes de gastarlo, considera liquidar primero las deudas con intereses más altos, separar una parte para la cuesta de enero y apartar un pequeño fondo de emergencia. Para las compras de temporada, comparar precios de la despensa con las herramientas de Profeco ayuda a que el dinero rinda más.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es la fecha límite para pagar el aguinaldo 2026?
La Ley Federal del Trabajo establece que debe pagarse antes del 20 de diciembre. Como en 2026 esa fecha cae en domingo, el último día para cumplir es el sábado 19 de diciembre. Si el pago es por transferencia, lo recomendable es que se deposite a más tardar el viernes 18.
¿Cuántos días de aguinaldo me tocan por ley?
El mínimo legal es de 15 días de salario por un año completo de trabajo. Si tu contrato individual o colectivo establece más días, la empresa debe pagar lo pactado. La reforma para elevarlo a 30 días no ha sido aprobada ni publicada, por lo que no es obligatoria en diciembre de 2026.
¿Me toca aguinaldo si renuncié o me despidieron?
Sí. Profedet explica que quienes dejaron su empleo antes del 20 de diciembre, por renuncia o despido, tienen derecho a la parte proporcional del tiempo que trabajaron durante el año. Normalmente se incluye en el finiquito o la liquidación, así que revisa que aparezca desglosado en el documento.
¿Cuánto del aguinaldo está libre de impuestos?
En 2026, la mayoría de los empleadores aplica una exención equivalente a 30 veces la UMA, es decir, 3,519.30 pesos. Si tu aguinaldo es menor o igual a esa cantidad, no pagas ISR por él. Si es mayor, solo se grava el excedente, y la retención exacta depende de tu sueldo mensual.
¿Pueden pagarme el aguinaldo con vales o en partes?
No pueden sustituirlo por vales, mercancía ni fichas: debe pagarse en dinero. La empresa puede adelantar una parte durante el año, pero el total debe quedar cubierto antes del 20 de diciembre. Solo se permiten descuentos por anticipos del propio aguinaldo o por pensión alimenticia ordenada por un juez.
